(Esta canción es un incentivo al feminismo en Chile. Cada día es más tarde. Si no trabajan por ti, no dejes que decidan por ti)
Existe un vacío al clarificar, analizar y definir la problematización en torno a la limitación de la distribución de la píldora anticonceptiva de emergencia; cuesta separar el problema de la definición del inicio de la vida, las atribuciones del tribunal constitucional, la legitimidad del límite que impone este fallo, y la autonomía individual como problemas relacionados pero independientes entre sí, sin contar con el impacto en un sector importante en la sociedad que esto acarrea (mujeres). Todo lo anterior – separadamente y mezclado- debe necesariamente contar con sus respectivos argumentos de hecho y de derecho, con el correspondiente tratamiento de la perspectiva moral, científica, jurídica y de género, y la evidencia empírica que lo respalde, para así saber que estamos frente a la posibilidad de solución de un conflicto, y no ante una contienda política publicitada más.
Si intento ordenar y/o sistematizar las pruebas y elementos de juicio que sustentaron la decisión del Tribunal Constitucional de limitar la distribución de la PAE, llego rápidamente a la conclusión de que aquí se ha fallado en torno a opiniones y conveniencias, no a convicciones plenas. Esta decisión – transversal y directamente- ha modificado y/o mermado áreas que pertenecen a la ciencia y al derecho, como el inicio de la existencia humana, y la ponderación de valores y garantías de mismo rango constitucional, que generalmente han sido tratados con un enfoque jurídico-penal o estrictamente constitucionalista; creo que es indispensable, antes de cualquier planteamiento, ampliar este enfoque a cuestiones de carácter médico-legal (científico), civil y social, antes de darle un carácter sólo jurídico, o sólo moral, para así buscar una solución de un problema-país, y no simplemente vencer en una contienda política, como – en parte- es la cuna de este fallo. Dicho de otro modo, si el Tribunal Constitucional está para interpretar las normas jurídicas en su verdadero sentido y alcance, apoyados de PRUEBAS que formen su total convicción, no ha cumplido esta vez su función, ya que - es un hecho- los informes no son concluyentes en materia científica. Sin esto - creo- no tiene sentido analizar si la PAE es o no abortiva desde el derecho, puesto que es muy sencillo saber quién sabe más de medicina...¿ un par de viejos abogados, o los mejores médicos especialstas de Chile y el mundo? En tanto, mientras nuestros portalianos representantes (já!) deciden por nosotras, creo que el problema de género se nos hace cada día más abismante; con esta decisión, siento que un hombre puede decidir ponerse un condón ( que también limita el proceso de anidación) y yo (mujer) no tengo derecho a la misma autonomía. Llamo a todo el movimiento gótico y subculturas underground a recordar porqué, desde la perspectiva de movimiento social, nos vestimos de negro. Este es un motivo más.Nos vemos en las calles, espero.


Es super extraño que las personas que pertenecen a esta subcultura se interesen en temas de contingencia; mas aun, porque esto partio ( tengo entendido) como un movimiento social, no? Al menos alguien recuerda las raices, que bien.
Y si, esta decision es discriminatoria.
Mariela